Situación: Un contrato de cochera: ¿Tiene plazo mínimo legal? ¿Hay diferencia en alquiler de una cochera en un edificio de departamentos de vivienda a una cochera en un aparcamiento?
Respuesta:
Si. El contrato de alquiler de una cochera particular es una modalidad de locación, al que se le aplican las normas sobre este contrato. Por estar alcanzado por las excepciones del art. 1199 del Código Civil y Comercial, no está, sin embargo, sujeto a un plazo mínimo. Por otro lado, la relación contractual de quien estaciona el auto en un establecimiento de garage, sea por hora, por día o por mes, esta calificada como un contrato en particular al que se le aplican las normas del contrato de depósito. Por lo tanto en este último caso, no se le aplican las normas del contrato de locación.
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